Un gran porcentaje de las donaciones que se realizan en nuestro país tienen como objeto bienes inmuebles, por lo que es importante tener en cuenta los aspectos fiscales que median en estas operaciones para, en la medida de lo posible, adecuarlo a nuestro propio beneficio.

Para donar una vivienda en España, es necesario seguir los siguientes pasos:
En España, la donación de una vivienda está bonificada al 99% cuando el beneficiario es descendiente (hijo, nieto…), cónyuge o ascendiente (padres, abuelos…) y adoptados. Esto significa que sólo tendrá que pagar un 1% del Impuesto sobre Donaciones. La donación de una vivienda destinada a primera residencia se beneficia de una deducción en la cuota, en función del valor real del inmueble. Hasta 150.253 euros de valor de inmueble la deducción es del 100%, pero de 150.253 euros a 180.304 euros la deducción es del 80%
Si el beneficiario no es un familiar, la persona que recibe la donación (donatario) tiene que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un tributo establecido en España de naturaleza directa y subjetiva que grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo, es decir las herencias y donaciones recibidas por las personas físicas. El pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones recae sobre el donatario, es decir, aquél que recibe la donación (equivalente al beneficiario en una herencia.
La cuota íntegra del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, es decir, el importe que se debe pagar, se calcula aplicando a la base liquidable el porcentaje que haya establecido cada comunidad autónoma. Aunque se transmita de forma gratuita, los cálculos se realizan sobre el valor real del bien o derecho que se transmite.
Para hacer una donación es necesario presentar los siguientes documentos:
El proceso de donación puede tardar entre 1 y 2 meses.
Si el beneficiario no puede pagar los impuestos de donación, la persona que realiza la donación puede optar por hacerse cargo de ellos. En caso de que el donante no pueda o no quiera hacerse cargo de los impuestos, el beneficiario tendrá que pagarlos. En este caso, si el beneficiario no puede pagar los impuestos, se pueden producir multas y sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
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